Ideeleradio.- La resolución del Tribunal Constitucional (TC) que prohíbe difundir grabaciones de conversaciones telefónicas, sin previa autorización judicial o de los interlocutores, daña la imagen y la credibilidad del máximo intérprete de la Carta Magna, sostuvo el ex defensor del Pueblo, Walter Albán.
Fue al comentar la sentencia del órgano constitucional que resuelve un hábeas corpus presentado por Carmen Luisa Castro Barrera, esposa de Alberto Químper, procesado por el Caso Petroaudios.
“Es una situación sin duda delicada pero lo que afecta –como digo– es la propia imagen y credibilidad del propio Tribunal Constitucional. Yo creo que está absolutamente fuera de cuestión [el fallo del TC]. Una cosa es la probanza en una proceso judicial cosa que compete a los magistrados del Poder Judicial y otra esa la libertad de expresión y libertad de información”, expresó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“Lo que queda en evidencia es que ha habido una intención apresurada [por parte de algunos magistrados] que le hace daño a la propia imagen y credibilidad del Tribunal Constitucional”, manifestó.
Es un despropósito de todo punto de vista
El también decano de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) calificó este fallo como un despropósito desde todo punto de vista, al considerar que el TC debió pronunciarse solo en respuesta a la demanda de Carmen Luisa Castro Barrera, esposa de Alberto Químper, procesado por el Caso Petroaudios y no en el ámbito de la información.
“Este fallo es un despropósito de todo punto de vista por un lado, porque ese pronunciamiento colateral de un proceso individual, bien no tiene sentido está equivocado y además es impertinente. Por otro, creo que le hace un flaco favor a la institucionalidad cuando el Tribunal afecta su propia imagen al sostener algo que no tiene mayor fundamento, que no tiene efectos vinculantes de manera que no podría tener efectos prácticos”, opinó.
“Toda esta información solo tiene sentido para que sea publicada por los medios cuando hay un interés público, lo que es propiamente privado no pero eso tiene que ser ponderado por cada medio y en cada oportunidad porque es imposible dar reglas generales más allá del criterio”, concluyó.
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