miércoles, 14 de julio de 2010

PROHIBEN EXTRACCIÓN DE TRUCHAS EN RÍOS Y LAGUNAS


Ø Advierten severas sanciones para infractores

Para proteger el rendimiento de una población cultivada o salvaje hacia niveles óptimos de explotación, desde el pasado 24 de junio hasta el 30 de setiembre de este año se encuentra prohibida la extracción, transporte, comercialización y el transporte de la trucha (Oncorhynchus mykiss) en todas las fuentes hídricas públicas de la región Junín y otras país.

Así lo dispuso el Ministerio de la Producción, mediante la Resolución Ministerial Nº 152-2010-PRODUCE, que dispone la veda reproductiva de la referida especie. Sólo podrán cosechar y comercializar aquellos autorizados por los órganos competentes en las diferentes regiones del país.

La norma, precisa que los titulares de concesiones y autorizaciones para el cultivo de truchas que acrediten contar con stock en el volumen y talla comercial, ante la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional Junín, podrán excepcionalmente cosechar y comercializar dicho stock.

Para tal caso, el concesionario deberá indicar expresamente en el comprobante de pago y guía de remisión, el centro acuícola de procedencia y la Resolución Directoral de la correspondiente autorización o concesión.

Las personas naturales y jurídicas que extraigan, transporten, comercialicen o procesen el recurso declarado en veda, así como las que se vulneren, serán sancionados de  acuerdo a lo establecido por el decreto Ley Nº 25977, Ley General de la Pesca, su reglamento aprobado por Nº 012-2001-PE, el D.S.Nº 016-2007-PRODUCE, que aprueba el reglamento de inspección y sanciones pesqueras y acuícolas (RISPAC) y demás disposiciones legales vigentes. 

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