IDL: Jueza que ordenó prisión preventiva de Mateo Silva-Martinot actuó de acuerdo a ley
24-03-2015
Así lo sostuvo Vanessa Cuentas, abogada del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Ideeleradio.- La
magistrada Haydée Pérez Saavedra actuó de acuerdo a ley en el caso de
Mateo Silva-Martinot, porque los nueve meses de prisión preventiva
dictados se sustenta en que confluyen los tres presupuestos procesales
para dictar ese tipo de medida, sostuvo Vanessa Cuentas, integrante del
Área de Justicia Previa al Juicio del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Fue
al considerar que el intento de obstaculización del proceso fue
determinante para que el hijo del exministro de Comercio Exterior y
Turismo sea internado en el penal de Cañete.
“La
prisión preventiva responde a tres presupuestos procesales. El primero
de ellos es que existan fundados y graves elementos de convicción, que
vinculen a la persona con el hecho que se le está imputando, ya sea como
autor o como participe; en este caso especifico, este supuesto se
cumple, pues el mismo Mateo Silva-Martinot ha aceptado que estaba
conduciendo el vehículo que impactó a Alejandro Ballón, y además hay una
serie de testigos, hay un vídeo después de los hechos. Entonces, el
presupuesto se cumple”, declaró en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“El
segundo presupuesto es que la pena probable a ser imputada sea mayor a
cuatro años de pena privativa, en este caso el delito más grave que se
le imputa a Mateo Silva es lesiones graves, que tiene una pena de ocho
años. Y el tercer elemento es el peligro procesal, y puede ser por
peligro de fuga o el peligro de obstaculicen, que es prácticamente
cuando se quiere manipular una prueba o un testigo; en este caso la
decisión de la jueza se manifiesta en el pedido de fuga”, explicó.
Comportamiento del imputado fue determinante | Inicio
En
ese sentido, explicó que el comportamiento irregular del imputado fue
determinante para que se desestime el argumento de la defensa. Indicó
que tras el accidente, Mateo Silva Martinot cometió una serie de
irregularidades que complicaron su situación legal.
“La
defensa argumentó que no hay peligro de fuga porque hay arraigo porque
tiene una vivienda conocida, está en la universidad y ha entregado
los dos pasaportes porque tiene doble nacionalidad. Lo que pasa es que
cuando uno analiza el peligro de fuga, uno no puede solo ver el
arraigo; el arraigo es importante, pero la ley da otras consideraciones
para evaluar el peligro de fuga, entre ellos por ejemplo, la gravedad
de la pena o la magnitud del daño causado, que estaría muy presente en
este caso, pero además, el comportamiento del imputado en el proceso”,
señaló.
“Lo que pasó es que después de los hechos
se va a la clínica lo cual está fuera de protocolo, porque debió irse a
la comisaría. Hicieron una parada en la clínica, le dan el alta y,
después, se va a su casa, no se apersonó. Ahí se ha visto una
obstaculización del proceso de investigación. El tema del dosaje
también ha sido un elemento que ha pesado en la decisión de la jueza
porque se ve que no ha querido colaborar con la investigación, además
él no se apersona hasta que los hechos se hacen públicos, lo cual ya es
una irregularidad”, acotó.
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