viernes, 12 de noviembre de 2010

COMUNICADO DE TIERRA Y LIBERTAD

 

LO JUSTO: RESPETO A LA CONSULTA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
 ¡AHORA!

1.- El derecho a la consulta es un derecho fundamental de todo ciudadano en un régimen democrático, por el cual si una decisión estatal, como lo es una concesión, puede afectar derechos de los pueblos indígenas u originarios, estos pueblos tienen derecho a ser consultados. Este derecho, Convenio 169, entró en vigencia en  nuestro país desde el año 1995
2.-Sin embargo, el Tribunal Constitucional en un recurso de aclaración acaba de señalar  que el derecho a la consulta, contenido en el Convenio 169 de la OIT, es vigente desde la publicación de la sentencia 00022-2009-PI; es decir, desde junio del año 2010
3.- Con esta interpretación, el Tribunal Constitucional ha cometido un error lamentable que perjudica los derechos de ciudadanos  de nuestro país, porque  a partir de la fecha  las normas internacionales ya no serán vinculantes para nuestro país desde la suscripción del Tratado o convenio  internacional, sino a partir desde que el TC se pronuncie.
4. Tierra y Libertad hace un llamado a las instancias respectivas para que se corrija este grave error, pues atenta contra la soberanía de los pueblos históricamente excluidos y contra al respeto de los derechos constitucionales.
5.- Tierra y Libertad  demanda  ratificar la ley de consulta previa sobre pueblos indígenas, aprobada por el congreso nacional el 19 de mayo del 2010. Se trata de consultas no de “audiencias informativas” ni “mesas de trabajo”, donde cada pueblo indígena tenga espacio para incorporar propuestas, lo cual implica información, discusión, negociación, y el tiempo y espacio suficientes.
6.- Exigimos al gobierno que demuestre  una verdadera voluntad política por el respeto de los derechos da la consulta de los pueblos.
¡Respetemos el Derecho al Consentimiento Previo, Libre e Informado, recogiendo las demandas y posiciones de las legítimas de los pueblos indígenas!.
¡Lo justo: respeto a la Consulta Popular!

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