jueves, 6 de mayo de 2010

DOCENTES CON TITULOS DE ABOGADOS NO PUEDEN LITIGAR CONTRA EL ESTADO


Profesores nombrados en Instituciones Educativas, que cuentan además con titulo de Abogado, están prohibidos de asesorar, patrocinar y litigar en contrata del Estado, advirtió el Gerente Regional de Educación de Junín Prof. José Antonio Caro Meléndez, refiriéndose a muchos casos de abogados que pasan por alto esa prohibición.

Precisamente a causa del incremento de casos de profesores - abogados, que litigan contra el Estado, patrocinando a directivos, docentes y administrativos que laboran en las Sedes e Instituciones Educativas, el Ministerio de Educación emitió el Oficio Nº 3364-2010 ME/SG-OGA-UPER, dirigido al Gerente Regional de Educación de Junín.

El documento precisa categóricamente que “es improcedente el patrocinio y asesoramiento del docente - abogado, a los profesores en ejercicio de la función, pues los empleados públicos están al servicio de la Nación; en tal sentido, deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente de la entidad”.

El impedimento es a la actuación como: abogados, apoderados, asesores, patrocinadores, peritos o árbitros de particulares o empleados públicos, en procesos que tengan pendientes con la misma repartición del estado en la cual prestan sus servicios u otra Entidad; salvo en defensa propia, de su cónyuge, padres o hijos menores.

En el documento enviado a la GREJ, por el Ministerio de Educación, se concluye que los docentes - abogados, que incurran en infracciones previstas en las Normas Legales vigentes, serán sometidos a procedimiento administrativo disciplinario, conforme establece el Decreto Ley No, 276 Ley de Bases de la Carreta Administrativa.


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