Corte de Lima: Amparo contra fallo de Villa Stein se resolvería en seis meses
06-08-2012
Ideeleradio.pe | Lima - Perú | 0 Comentarios
Hector Lama, titular de la Corte de Lima, dijo que inclusive este caso podría llegar hasta el Tribunal Constitucional (TC) si es que el no hay conformidad con los resultados de este proceso.Caso podría ser llevado al TC | Inicio
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El pronunciamiento sobre la acción de amparo presentada por el
Ministerio de Justicia contra el fallo emitido por la Sala Penal
Permanente de la Corte Suprema, que beneficia a los miembros del grupo
Colina sería emitido en aproximadamente seis meses, aseveró el
presidente de la Corte de Lima Héctor Lama More.
“[¿Cuánto
podría durar la respuesta respecto a la acción de amparo que fue
presentada por el Ministerio de Justicia?] Este podría durar unos cinco o
seis meses en sede judicial […] Podría ser menos, por tratarse de un
proceso constitucional. [¿Y le están dando particular atención a este
caso?] Entra como un caso cualquiera pero siempre se le da atención
tratándose de un tema de trascendencia”, expresó al programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
El
presidente de la Corte de Lima dijo que inclusive este caso podría
llegar hasta el Tribunal Constitucional (TC) si es que el Estado, a
través del Ministerio de Justicia, no se encuentra conforme con los
resultados de este proceso.
“[¿Cuánto puede durar
todo el proceso para determinar si hubo o no irregularidades?] Es
probable que en pocos meses se sepa el resultado en el Poder Judicial.
Recordemos que esto se presenta ante un juez constitucional y si alguna
de las partes no está de acuerdo con el resultado, lo revisa una sala
superior de la Corte de Lima”, indicó. “Si en esta segunda instancia el
demandante, o sea el Estado, no tiene un resultado a su favor puede
acudir al Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional finalmente
en última instancia establecería si es que esta sentencia es válida o
no”, manifestó.
Corte consideró que grupo Colina cometió crímenes de lesa humanidad | Inicio
Lama
More recordó que la Ley de Amnistía que promulgó el expresidente
Alberto Fujimori en julio 1994, fue declarada no aplicable para los
militares del destacamento Colina. Explicó que la Corte Interamericana
de Derechos Humanos consideró que los delitos cometidos fueron crímenes
de lesa humanidad.
“Esta sentencia está
discutiéndose en sede constitucional en la Corte de Lima, tengo
entendido que está el Sétimo Juzgado Constitucional y me parece que ahí,
en ese proceso de amparo, es el espacio natural donde debe finalmente
definirse si esa sentencia afectó o no el debido proceso”, agregó. “Esa
sentencia tiene dos posturas: una postura que señala que los crímenes
juzgados en ese juicio no son de lesa humanidad y otra que señala que sí
lo son, que le son aplicables la sentencia de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional”, opinó.
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