INFORMA IVAN ALEJANDRO ASTUVILCA
Consejo Universitario de la UNCP
Consejo Universitario de la UNCP
Aprueba convocar a reunión de asamblea
universitaria
· Ratifican reinicio de clases para el lunes 13 de
junio
Con la
finalidad de garantizar la institucionalidad y práctica democrática en la
Universidad Nacional del Centro del Perú, el pleno de Consejo Universitario, en
sesión extraordinaria realizada ayer (viernes 03 de junio), acordó por
unanimidad Convocar para el martes 21 a la sesión extraordinaria de Asamblea
Universitaria, de acuerdo al art. 38º del Estatuto de esta Casa Superior de
Estudios. En esta reunión del máximo órgano de gobierno de la UNCP (Asamblea
Universitaria), las autoridades universitarias darán cuenta y detalles
pormenorizados sobre todo lo acontecido, durante la toma de campus
universitario, por los alumnos comensales.
Asimismo,
el Consejo Universitario, acordó, ratificar el reinicio de las labores
académicas, para el lunes 13 de Junio, solicitando las garantías a los
organismos tutelares como Defensoría del Pueblo, Fiscalía de Prevención del
Delitos y otros, que garanticen el normal desarrollo de las clases en la UNCP.
También,
ante los últimos acontecimientos suscitados en el campus de esta universidad,
el pleno de consejo Universitario, conformado por las autoridades
universitarias, decanos de las facultades y tercio estudiantil, mostró su total rechazo a las agresiones y acciones
violentas que atentan contra la dignidad de las personas y vulneran los derechos fundamentales de la
persona, la libertad de expresión,
opinión y pensamiento consagrada en la constitución política del estado.
Finalmente,
acordó, solicitar garantías a los organismos tutelares, para garantizar el
normal desarrollo de las labores
administrativas, invocando a
la comunidad universitaria a conservar la calma y serenidad frente a las
provocaciones que pretenden generar desestabilidad y caos en nuestra primera casa superior de estudios.
El dato:
El Art.
38º señala textualmente: “La convocatoria a la Asamblea Universitaria se hace
con anticipación de 15 días, a falta de quórum se procederá a una segunda
convocatoria en el plazo de tres días. La Inasistencia injustificada de los
miembros docentes a la segunda convocatoria, da lugar a la sanción contemplada
en el art 40º”.
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