miércoles, 7 de noviembre de 2012

El Congreso Fundacional del Movimiento de Afirmación Social-MAS, es la propuesta política de la izquierda y del pueblo peruano






CONGRESO NACIONAL FUNDACIONAL
Lima, 17 y 18 de noviembre de 2012

REGLAMENTO

CAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA, FECHA, SEDE Y ORGANIZACIÓN

Artículo 1. El Congreso Fundacional del Movimiento de Afirmación Social-MAS,  es la propuesta política de la izquierda y del pueblo peruano que buscan construir una alternativa distinta y superior al modelo neoliberal. Es continuidad del Encuentro Nacional de las Izquierdas del 19 de mayo de 2012.

Artículo 2. El Congreso Nacional Fundacional del MAS se realizará los días 17 y 18 de noviembre del presente año, en la ciudad de Lima, y es convocado por el Encuentro Nacional de la Izquierda Democrática, Patriótica y Descentralista del 19 de mayo de 2012.

CAPÍTULO II
DE LA COMISIÓN NACIONAL ORGANIZADORA

Artículo 3. La Comisión Nacional Organizadora es la encargada de planificar, preparar y realizar el Congreso Nacional Fundacional del MAS.

Artículo 4. Son funciones de la Comisión Nacional Organizadora:
a.      Asumir la conducción política del MAS hasta la realización del Congreso Nacional Fundacional.
b.      Promover la constitución de las Comisiones Organizadoras o Promotoras del MAS a nivel nacional.
c.      Realizar el Congreso Nacional Fundacional del MAS.
d.      Elaborar los documentos del Temario del certamen congresal.

CAPÍTULO III
DE LOS OBJETIVOS

Artículo 5. Son objetivos del Congreso Nacional Fundacional del MAS:
a.      Constituir el Frente Político de los Pueblos, llamado Movimiento de Afirmación Social-MAS, como un frente político electoral de masas y parte integrante de un proceso unitario mayor.
b.      Efectuar el balance de lo realizado en el marco político precisando nuestra táctica, estrategia y un Plan de Acción Política.
c.      Aprobar el Programa, Referéndum para una nueva Constitución y el Estatuto del MAS.
d.      Impulsar el proceso de mayor construcción y posicionamiento del MAS en todo el país.
e.      Elegir el órgano de dirección nacional del MAS.

CAPÍTULO IV
DEL TEMARIO

Artículo 6. El Congreso Nacional Fundacional del MAS desarrollará el siguiente Temario:
1.      Informe Político y Orgánico.
2.      Programa del MAS. Referéndum para una nueva Constitución.
3.      Estatuto del MAS.
4.      Elección del Comité Ejecutivo Nacional del MAS.
CAPÍTULO V
DE LOS PARTICIPANTES

Artículo 7. Participan en el Congreso Nacional Fundacional del MAS los siguientes:
a.      Delegados Plenos, con derecho a voz y voto, elegir y ser elegidos.
b.      Delegados Observadores, solo con derecho a voz.
c.      Invitados, también con derecho a voz.

Artículo 8. Son delegados plenos:
a.      Los miembros de la Comisión Nacional Organizadora.
b.      Regiones Organizadas hasta con 3 provincias: 4 delegados.
c.      Regiones Organizadas hasta con 5 provincias: 6 delegados.
d.      Regiones Organizadas hasta con 7 provincias: 8 delegados.
e.      Regiones Organizadas hasta con 10 provincias: 10 delegados.
f.       Regiones Organizadas con más de 10 provincias: 12 delegados.
g.      Región de Lima Metropolitana: 10 delegados.
h.      Provincias Organizadas: 3 delegados.
i.        Distritos Organizados: 1 delegado.
j.        Distritos Organizados de Lima Metropolitana: 3 delegados.
k.      Colectivos Funcionales Organizados: 2 delegados.
l.        Autoridades Públicas elegidas en votación popular.
Artículo 9. Son delegados observadores aquellos elegidos en esa condición en sus respectivas bases.

Artículo 10. Los invitados son aquellos ciudadanos convocados por la Comisión Nacional Organizadora para asistir al Congreso Nacional Fundacional en virtud de sus cualidades políticas, sociales y culturales. Su número no superará al 10% de los delegados plenos.

CAPÍTULO VI
DE LAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

Artículo 11. Los delegados plenos deben cumplir con los siguientes requisitos:
a.      Ser elegidos democráticamente en eventos convocados pública y abiertamente.
b.      Portar la credencial que los acredite, la cuota de firmas que le corresponde a su base y cancelar diez soles como aporte por su inscripción.
c.      Cada base deberá asegurar los gastos básicos de sus delegados, su desplazamiento, alimentación y alojamiento.

CAPÍTULO VII
DEL CONGRESO EN SÍ

Artículo 12. El Congreso Nacional Fundacional constará de las siguientes estaciones:
a.      Inscripción de Delegados.
b.      Acto Inaugural.
c.      Plenario de Instalación.
d.      Comisiones de Trabajo.
e.      Plenario General y aprobación de documentos.
f.       Elección del Órgano Directivo Nacional.
g.      Clausura.

Artículo 13. La inscripción de delegados y el acto inaugural son actividades previas del Congreso mismo y estarán a cargo de la Comisión Nacional Organizadora.

Artículo 14. El Plenario de Instalación tendrá las siguientes etapas:
a.      Instalación del Congreso a cargo de la Comisión Nacional Organizadora.
b.      Aprobación del Reglamento Congresal.
c.      Elección de la Mesa Directiva.
d.      Elección del Comité Electoral.
Artículo 15. La Mesa Directiva estará constituida por los siguientes miembros:
a.      Presidente.
b.      Dos Vicepresidentes.
c.      Secretario de Actas.
d.      Relator.
e.      Tres Disciplinarios.

Artículo 16. El Plenario General discutirá y aprobará cada uno de los temas de la agenda congresal, ciñéndose  a los siguientes criterios:
a.      El expositor central de cada tema tendrá un tiempo máximo de 30 minutos para su sustentación.
b.      Luego se abre un rol de oradores, donde los delegados  podrán participar con un tiempo máximo de 5 minutos.
c.      Se consultará la necesidad de una segunda ronda de participación, si esto procede, los delegados participarán por un tiempo máximo de 3 minutos.
d.      La aprobación del tema de agenda en debate será por mayoría simple de delegados plenos.
e.      Procede la reconsideración siempre y cuando lo aprueben más de los dos tercios (2/3) de delegados plenos.

Artículo 17. Para la elección del Órgano Directivo Nacional se elegirá un Comité Electoral Nacional compuesto de:
a.      Presidente.
b.      Secretario.
c.      Relator.

Artículo 18. La elección del Órgano Directivo Nacional se hará de acuerdo al Reglamento elaborado por el Comité Electoral y aprobado por el Congreso

Artículo 19. La clausura estará a cargo del Presidente del Órgano Directivo Nacional.

CAPÍTULO VIII
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS

Artículo 20.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento Congresal será resuelto por la Plenaria del Congreso Nacional Fundacional.

Lima, octubre de 2012.


COMISIÓN NACIONAL ORGANIZADORA

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