Sicariato es incorporado al Código Penal y pena máxima será de cadena perpetua
Lunes 27 de julio del 2015 | 10:05
Delito no tendrá beneficios penitenciarios. También serán sancionados los que conspiren y quienes lo ofrezcan.
Este lunes se promulgó el decreto legislativo que incorpora el delito de sicariato al Código Penal, luego que el Poder Ejecutivo —en un intento por luchar contra la inseguridad ciudadana en nuestro país— pidiera facultades legislativas al Congreso de la República.
Publicada en el diario oficial El Peruano, la nueva norma define así el delito de sicariato:
El que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole.
La pena mínima para el autor de este delito es de 25 años (pena también aplicada para quien ordena, encarga, acuerda o intermedia en el sicariato). La máxima, en caso se haya usado a un menor de edad (o un inimputable) para cometer el delito, será de cadena perpetua.
También aplica cadena perpetua cuando las víctimas son más de dos personas o agentes del orden, cuando se trate de parricidio o feminicidio. De igual forma, la misma pena alcanzará a quienes utilicen armas de guerra.
La inclusión del delito en el Código Penal también sanciona la conspiración y el ofrecimiento para el sicariato, siendo la pena mínima de 5 y la mayor de 8 años. Es decir, quien promueva, favorezca o facilite el sicariato y quien solicite y ofrezca.
El ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, dijo que este 28 de julio, en su mensaje a la Nación, Ollanta Humala anunciará los primeros decretos legislativos sobre seguridad ciudadana.
“Tenemos bastante confianza que con estas nuevas medidas vamos a tener una herramienta muy persuasiva, el sicario lo va pensar dos veces, no habrá beneficios penitenciarios, y por el contrario, habrá penas muy severas y una serie de agravantes”, afirmó.
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