Cónyuges, convivientes y parejas en general podrán comprar vivienda con 25% AFP
Parejas podrán pagar en conjunto primera vivienda, según la SBS
14:38.
Lima, jul. 1. Los
cónyuges, convivientes y parejas en general podrán beneficiarse con el
retiro del 25% de sus fondos previsionales para adquirir una primera
vivienda y pagar la cuota inicial de manera conjunta, afirmó hoy el jefe
de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Javier Poggi.
Señaló
que tanto las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como las
entidades financieras calificarán las parejas, casadas o no, de manera
individual y ambas debes cumplir con los requisitos de ley.
"La
calificación para el uso de los fondos es persona por persona, de
manera que si hubiera un matrimonio que quisiera acceder, y ambos son
elegibles porque ninguno de los dos ha tenido un inmueble previamente,
pueden utilizar cada uno su 25% para el mismo inmueble" manifestó.
Subrayó
además que este beneficio se extiende a personas que no están unidas
por el matrimonio, así como a parejas que quisieran adquirir un inmueble
de manera mancomunada.
"Los
convivientes o grupo de personas que quisieran ser copropietarias
podrán sumar sus respectivos 25% y comprarse un inmueble", remarcó.
Impuesto a las Transacciones Financieras
Cabe
indicar que si se logra aprobar el retiro del 25% de los fondos
previsionales, la AFP transfiere de manera directa el dinero respectivo a
la entidad financiera correspondiente.
En
ese sentido, Poggi descartó que en el sistema se vaya a crear una
comisión bancaria por ese derecho, pero sí aclaró que el cliente deberá
pagar el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) que genere la
transferencia. El valor actual de dicho impuesto es de 0.005% del monto.
Por
otro lado, resaltó que el retiro del 25% de los fondos están
relacionados, sin excepción, a un crédito hipotecario, con lo cual
aclara que está fuera de este beneficio la compra-venta entre dos
personas naturales, a menos que se genera un crédito en una entidad
financiera regulada por la SBS.
"Los
afiliados interesados en utilizar estos fondos podrán hacerlo siempre y
cuando se trate de un crédito hipotecario otorgado por una entidad del
sistema financiero y se podrá emplear para la compra de un primer
inmueble o para amortizar un crédito hipotecario", indicó.
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